Factura electrónica: quiénes deben adherirse y cómo

Autor: Edicion Publicado el 16th julio 2015 - Última Edición: 10 septiembre, 2015

La factura electrónica es una de las maneras más transparentes de llevar la facturación de una empresa o de un particular, ya que el uso de la tecnología es una de las aliadas para luchar contra la evasión fiscal. En Argentina, desde el 1 de julio de 2015 es obligatorio el uso de la factura […]

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La factura electrónica es una de las maneras más transparentes de llevar la facturación de una empresa o de un particular, ya que el uso de la tecnología es una de las aliadas para luchar contra la evasión fiscal.

En Argentina, desde el 1 de julio de 2015 es obligatorio el uso de la factura electrónica para ciertos sectores y para monotributistas de categorías H a L. Ésta puede realizarse a través de la página de AFIP, si se trata de montos menores o bien con un sistema de gestión propio de la empresa o un sistema a través de la nube.

La facturación electrónica en Argentina se realiza en la actualidad de manera física y de manera electrónica. El formato físico se eliminará para aquellos contribuyentes alcanzados por la resolución de AFIP, por lo que sólo podrán emitir comprobantes electrónicos.

 

¿Quiénes quedan exceptuados?

 

La facturación electrónica es obligatoria desde 2011 para monotributistas pertenecientes a las categorías  H a L. Los contribuyentes que deben adherirse a la facturación electrónica a partir del 1 de julio son aquellos inscriptos en el impuesto al valor agregado (IVA).

Los monotributistas pertenecientes a las categorías B a G quedan exceptuados de la obligación de adherirse al régimen de facturación electrónica, al igual que aquellas operaciones que se realicen a través de controladores fiscales, es decir equipos electrónicos que emiten tiquets o facturas.

Otra excepción al régimen de facturación electrónica son los servicios ofrecidos a consumidores finales, y que consistan en operaciones no contempladas por la regulación de AFIP, prestados en un local, o vivienda.

 

Formas de aplicación y costos

 

La facturación electrónica puede emitirse a través de dos maneras: un programa informático que la empresa decida contratar y que se conecte con el sistema de AFIP o bien, utilizar la misma página del organismo, con una clave fiscal, y sólo si los montos no son muy altos.

Los costos que conlleva implementar un sistema de facturación electrónica van desde los $500 mensuales a $7000, dependiendo de la cantidad de comprobantes emitidos y la cantidad facturada

 

Imagen cortesía de Misionespina (misionesopina.com.ar) Todos los derechos reservados

 

 

 

  1. Qué es la factura electrónica
    • Objetivos
    • Aplicación en Argentina
    • Formas de emisión
  2. Situación actual
    • Formatos que se utilizan
    • Categorías de monotributistas que ya utilizan facturación electrónica
  3. Forma de aplicación
    • Quienes deben adherirse
      • Excepciones
    • Cómo deben hacerlo
      • Opciones para la emisión
      • Costos

La factura electrónica es una de las maneras más transparentes de llevar la facturación de una empresa o de un particular.

El uso de la tecnología es una de las aliadas para luchar contra la evasión.

En Argentina, desde el 1 de julio de 2015 es obligatorio el uso de la factura electrónica para ciertos sectores y para monotributistas de categorías H a L

La facturación electrónica puede realizarse a través de la página de AFIP, si se trata de montos menores o bien con un sistema de gestión propio de la empresa o un sistema a través de la nube.

La facturación electrónica en Argentina se realiza en la actualidad de manera física y de manera electrónica. El formato físico se eliminará para aquellos contribuyentes alcanzados por la resolución de AFIP, por lo que sólo podrán emitir comprobantes electrónicos.

La facturación electrónica es obligatoria desde 2011 para monotributistas pertenecientes a las categorías  H a L.

Los contribuyentes que deben adherirse a la facturación electrónica a partir del 1 de julio son aquellos inscriptos en el impuesto al valor agregado (IVA).

Los monotributistas pertenecientes a las categorías B a G quedan exceptuados de la obligación de adherirse al régimen de facturación electrónica, si bien en un primer momento habían sido incluidos.

Las operaciones que se realicen a través de controladores fiscales, es decir equipos electrónicos que emiten tiquets o facturas, quedan exceptuadas de la obligación de emitir facturación electrónica.

Una excepción al régimen de facturación electrónica son los servicios ofrecidos a consumidores finales, y que consistan en operaciones no contempladas por la regulación de AFIP, prestados en el local, o vivienda.

La facturación electrónica puede emitirse a través de dos maneras: un programa informático que la empresa decida contratar y que se conecte con el sistema de AFIP o bien, utilizar la misma página del organismo, con una clave fiscal, y sólo si los montos no son muy altos.

Los costos que conlleva implementar un sistema de facturación electrónica en una empresa, van desde los $500 mensuales a $7000, dependiendo de la cantidad de comprobantes emitidos y la cantidad facturada

 

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